Por JUAN FERNANDO ESPINOSA SÁNCHEZ.
Desde el 1° de mayo entró a regir el periodo de episodios críticos de contaminación ambiental, el que se extiende hasta el 31 de agosto y que genera una serie de prohibiciones, tales como el ingreso de algunos automóviles ciertos días al perímetro de Américo Vespucio, como también restricciones en el uso de calefacción a leña, paralización de industrias que incumplen sus planes de descontaminación, y, también, prohíbe la realización de quemas agrícolas.
La información fue proporcionada por la nueva Seremi de Medio Ambiente de la Región Metropolitana, Sonia Packe, quien se refirió a las medidas adoptadas para este nuevo periodo de Gestión de Episodios Críticos de Contaminación (GEC) perseguirá como cada año reducir la contaminación atmosférica durante pronósticos de mala ventilación, con la consiguiente presencia de sustancias dañinas para la salud. En tal sentido, explicó que una de ellas es la prohibición de circulación dentro del anillo de Américo Vespucio para vehículos con sello verde, y la prohibición de entrada al anillo Américo Vespucio a todo vehículo sin sello verde.
De igual modo, anunció que el Calendario de Restricción Vehicular 2022 definió que la medida ya comenzó a regir desde el lunes 2 de mayo con los dígigos 0 y 1, sigue el martes con 2 y 3, el miércoles 4 y 5, jueves 6 y 7, y viernes 8 y 9, y el horario en que impera la restricción va desde las 07:30 hasta las 21:00 horas. Igualmente, una de las medidas que afecta más a las comunas urbana-rurales como las de la provincia de Talagante y Melipilla son la prohibición de “Quemas Agrícolas” entre el 15 de marzo y el 15 de septiembre, y el uso de calefactores a leña en las comunas de San Bernardo y Puente Alto, excepto aquellas unidades que usan pellets.
“Esta medida –que fiscalizan la Seremi de Salud y los municipios que cuentan con ordenanzas de leña- abarca un universo aproximado de un millón de hogares. Por eso hago un llamado a la responsabilidad de los y las vecinas, y que los hogares que puedan adquirir una calefacción más sustentable que hagan ese esfuerzo, ya que la calidad del aire es una responsabilidad compartida, más allá que los infractores se exponen a multas entre las 0,1 a mil UTM”, sostuvo la Seremi del Medio Ambiente RM, Sonia Reyes Packe*.
De acuerdo con la normativa, cuando se decreta algún episodio crítico, que puede ser Alerta, Preemergencia o Emergencia, se agregan medidas como el reforzamiento del Plan de Aspirado y Lavado de calles, la intensificación de las fiscalizaciones al transporte, calefactores a leña e industrias, y se hacen sugerencias para modificar las clases de Educación Física en los Establecimientos Educacionales.
Asimismo, en episodio de Alerta se extiende la prohibición del uso de calefactores a leña a toda la Región Metropolitana, excepto pellets. En Preemergencia, la prohibición de uso de calefactores a leña en toda la RM incluye los pellets, además aumentan los dígitos de Restricción Vehicular y paralizan las fuentes industriales correspondientes a Grandes Establecimientos que no cumplan con la reducción de sus metas anuales.
Por último, en caso de Emergencia se refuerzan las medidas de Preemergencia, ampliándose los números de la Restricción Vehicular. En cuanto a la infracción por incumplir las prohibiciones imperante durante el periodo de episodios críticos por contaminación ambiental, las multas van desde una Unidad Tributaria Mensual (UTA) y 10 mil UTA, considerando que cada una de estas unidades tiene un valor al mes de abril de 56 mil 762 pesos.