Se estima que cerca de 70 mil personas más se incorporarán al beneficio de PGU en todo el país, incluidos adultos mayores de nuestras provincias de Melipilla y Talagante, gracias a una modificación a la ley que regula el acceso a la Pensión Garantizada Universal (PGU). Así lo
dio a conocer a este medio de prensa la Jefa de la Sucursal Talagante del Instituto de Previsión Social (IPS), Cherie Márquez, quien entregó detalles de la ampliación de apoyo social a nuevas personas que hasta ahora no calificaban para acogerse al aporte de PGU.
“Desde el 1 de abril entró en vigencia la Ley 21.538, también llamada ‘Ley Corta de la PGU’, la cual modificó uno de los requisitos para acceder a este beneficio. Al cambiar la forma de usar el requisito de la focalización ya no se evalúa que el adulto mayor solicitante del beneficio sea parte del un grupo familiar perteneciente al 10% del estrato social más rico del país, sino que se verificará que esa persona mayor de 65 años y más no pertenezca al 10% más rico. Ese sólo hecho nos significará que este beneficio sea accesible a más personas que las que ya lo recibían hasta ahora”, dijo Cherie Márquez.
Añadió que la modificación de la ley contempla además reevaluar aquellas solicitudes de Pensión Garantizada Universal que fueron rechazadas entre agosto de 2022 y marzo de 2023, de modo tal que bajo las nuevas condiciones generadas a partir de esta ‘ley corta’ puedan acogerse al beneficio de la PGU. “Esta reevaluación se hará internamente por el IPS y en caso de otorgarse el beneficio, a estas personas se les notificará al contacto que dejaron al momento de hacer su presentación para acogerse a la PGU”, indicó la Jefa de la Sucursal Talagante.
Seguidamente, Cherie Márquez sostuvo aquellas personas que postularon al beneficio y no lo obtuvieron por una situación como esta, ya pueden consultar por la reevaluación de su caso a través de los canales de atención de la red ChileAtiende del IPS, por cuanto el Instituto de Previsión Social ya efectuó una revisión de las solicitudes rechazadas desde agosto del año pasado y así ver cuántas pueden concederse. “Según se nos informó de estas solicitudes rechazadas anteriormente, cerca de 40 mil personas estarán ahora recibiendo la PGU en abril, de modo que se ha hecho todo un trabajo para que estos adultos mayores reciban el beneficio desde el mismo mes en que comienza a regir la Ley Corta”, acotó la funcionaria.
De todos modos, Cherie Márquez informó que las personas que estimen necesario consultar por su situación pueden hacer en el sitio de internet www.chileatiende.cl o también llamando al número de teléfono 101 e insistió en que es necesario que la ciudadanía tenga conocimiento acabado sobre los requisitos y formas de acceder a la PGU, pues tanto ellos como más de algún familiar, conocido o persona de su círculo de amistad necesite conocer cómo obtener este beneficio. En tal sentido, la Jefa de la Sucursal Talagante del IPS compartió la siguiente información:
Requisitos para acceder a la PGU desde el 1 de abril:
- Haber cumplido 65 años de edad (pensionado o no).
- No integrar un grupo familiar perteneciente al 10 % más rico de la población de Chile.
- Acreditar residencia en Chile por 20 años continuos o discontinuos, contados desde que el peticionario haya cumplido veinte años de edad; y, en todo caso, por el lapso no inferior a 4 años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la solicitud.
- Contar con una pensión base (calculada según su PAFE inicial; es decir, pensión estimada para determinar la pensión base de una persona, de acuerdo a sus fondos acumulados) menor a $1.114.446. Cabe destacar que para quienes tengan una pensión base desde $702.102 y hasta $1.114.446, el monto de la PGU es menor a los $206.173 establecidos para este beneficio.
¿Cómo solicitar la PGU?
Todos los días del año, incluidos fines de semana y feriados, en el sitio www.chileatiende.cl, con ClaveÚnica. En el mismo sitio se puede consultar, previamente, si se cumple con las condiciones básicas para acceder al beneficio.
Durante los días hábiles, de lunes a viernes, a través de videoatención en www.chileatiende.cl o www.ips.gob.cl. También en sucursales ChileAtiende del Instituto de Previsión Social, IPS, municipalidades y también está la opción de las AFP o compañías de seguros, si la persona está afiliada a una de esas entidades.
Una condición previa a la solicitud es que las personas estén inscritas en el Registro Social de Hogares. Si la persona aún no cuenta con este instrumento, puede solicitarlo por Internet en el sitio www.registrosocial.gob.cl, en su municipalidad o sucursales ChileAtiende del IPS, en el caso particular de la provincia de Talagante, en calle Balmaceda 710, local 7, comuna de Talagante.