ESTE 1° DE MAYO COMIENZA PERIODO DE EPISODIOS CRÍTICOS POR CONTAMINACIÓN QUE RESTRINGE CALEFACCIÓN A LEÑA Y QUEMAS AGRÍCOLAS

  • También este año se amplía el perímetro de restricción vehicular a las comunas de Puente Alto y San Bernardo del 2 de mayo al 31 de agosto.

 

Con algunas modificaciones respecto de los anteriores inviernos comenzará a regir este lunes 1 de mayo el plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC) por contaminación ambiental en la Región Metropolitana de Santiago, incluidas las provincias de Melipilla y Talagante en el caso de algunas medidas restrictivas de manera permanente y otras según la calidad del aire en ese momento.  En tal sentido, se informó por parte del Ministerio de Medio Ambiente que el Plan de de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) entró en un proceso de revisión y actualización para mitigar los efectos de la contaminación en la salud de personas.

Cabe mencionar que ya este año comenzó la ampliación el periodo de prohibición del uso del fuego en labores agrícolas.  “Entre las medidas permanentes en periodo GEC está la prohibición de Quemas Agrícolas que para este año amplió la restricción entre el 1 de marzo y el 31 de octubre de cada año (a contar del 24 de noviembre del año 2026 estarán prohibidas del 1 de enero al 31 de diciembre)”, señaló el Ministerio de Medio Ambiente, quien detalló los encargados de velar por esta prohibición, como también en el caso del uso de la leña para calefacción.

“La Seremi de Agricultura RM -a través de los servicios Conaf y SAG RM- se encarga de gestionar las denuncias por este tema (de las quemas agrícolas). También estos servicios -junto con la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA)- son los encargados de fiscalizar la calidad de la leña que se expende en las provincias rurales de la capital. Las multas por infringir la normativa oscilan entre las 1 a 70 UTM”.

De acuerdo con un estudio piloto realizado en la Región Metropolitana, bajo el nombre “Catastro de Emisiones de Calefactores y Cocinas”, encargado por la Secretaria Regional Ministerial del Medio Ambiente, en la región existirían   “110.285 calefactores a leña y que las provincias de Chacabuco, Melipilla y Talagante serían las con mayor uso”, frente a lo cual la Seremi de MMA, Sonia Reyes, entregó los parámetros sobre el uso de este tipo de calefacción y los programas de reconversión a los que se puede acoger la comunidad.

“El PPDA establece la prohibición de uso de calefactores a leña durante todo el año en la Provincia de Santiago y en las comunas de San Bernardo y Puente Alto. Sin embargo, en episodio de Alerta se extiende la prohibición para toda la Región Metropolitana, exceptuando el uso de pellets. En Preemergencia, la prohibición incluye los pellets”, explicó la Seremi del Medio Ambiente RM, Sonia Reyes, quien realizó un llamado a los habitantes de la RM a comprometerse con la calidad del aire, reemplazando las estufas de leña -en la medida de las posibilidades de cada hogar- por una de calefacción más sustentable.

En tal sentido, la Seremi de Medio Ambiente reiteró que la fiscalización del uso de calefactores a leña es realizada por la Seremi de Salud de la Región Metropolitana y durante este 2023 se priorizará su vigilancia en función de los siguientes criterios:

  • Privilegiar aquellos sectores comunales de cada provincia donde hay una mayor concentración de domicilios con calefactores a leña, en especial en aquellos sectores que pudieran disponer de alternativas de calefacción de menor emisión.
  • Focalizar la labor de terreno mediante patrullajes en comunas que presentan mayor cantidad de solicitudes de fiscalización presentadas ante esta Seremi de Salud.

En caso de incumplimiento, la Seremi de Salud puede aplicar multas que van desde 0,1 UTM hasta 1000 UTM. El monto se determina caso a caso, dependiendo de los riesgos sanitarios y reincidencias, entre otros. Las denuncias, se reciben a través del sitio web www.asrm.cl, en el sistema OIRS en línea.

También pueden fiscalizar esta normativa las municipalidades que tengan Ordenanza Municipal.

 

La GEC amplía este año la restricción vehicular fuera del anillo de Américo Vespucio

La GEC forma parte del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) para la Región Metropolitana de Santiago, cuyo objetivo es dar cumplimiento a las Normas Primarias de Calidad Ambiental de Aire vigentes, asociadas a los contaminantes de Material Particulado Respirable MP10, Material Particulado Fino Respirable MP2,5, Ozono (O3) y Monóxido de Carbono (CO).

Durante el período GEC se establecen medidas permanentes para toda la RM, donde el parque automotriz bordea los 2 millones de vehículos motorizados. Por esta razón, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones tomó la decisión de extender este año el perímetro de restricción permanente desde el Anillo de Américo Vespucio hasta la Provincia de Santiago y las comunas de Puente Alto y San Bernardo, para los vehículos catalíticos inscritos hasta el año 2011 y las motos inscritas hasta el año 2010.

Dicha prohibición para que automóviles circulen por las zonas mencionadas se extenderá entre el 02 de mayo y el 31 de agosto de este año. Sólo están exentos los vehículos de Carabineros, Investigaciones, Bomberos y Gendarmería; ambulancias de instituciones fiscales o de establecimientos particulares. El que solicite acogerse a alguna de las excepciones, deberá obtener autorización previa de la Secretaría Regional Ministerial (Seremi).

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