La Cámara Alta aprobó por 38 votos a favor y 1 en contra el proyecto de ley que determina una multa en dinero para quienes no concurran a votar en las elecciones presidenciales y parlamentarias del próximo 16 de noviembre. El proyecto que modifica la Ley 18.700, orgánica constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, para sancionar el incumplimiento de la obligación a sufragar pasa ahora a su trámite en la Cámara de Diputados.
En lo específico, el proyecto establece una multa en dinero que va desde los 35 mil a los 103 mil pesos para todos aquellos ciudadanos y ciudadanas, mayores de 18 años, que estando habilitados para sufragar, no concurran hasta su local para votar. De igual modo, el texto aprobado precisa las circunstancias que eximen de esta sanción y le procedimiento que concurre para evitar ser penalizado.
“El proyecto establece que no se aplicará la sanción establecida a los ciudadanos que, el día de la elección, se encuentren enfermos, ausentes del país o en una localidad ubicada a más de 200 kilómetros del local de votación, por desempeñar funciones que encomienda la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, o por otro impedimento grave debidamente acreditado ante el juez de policía local competente” y el texto agrega que esta sanción también “no se aplicará a los ciudadanos con discapacidad con la calificación y certificación respectiva”.
El hecho fue valorado por el Presidente del Senado, Manuel José Ossandón, quien sostuvo que la Cámara Alta “hizo la pega” y comentó a continuación que: “despachamos en tiempo record” este proyecto que persigue “sancionar a quienes no concurran a votar” e instó a la Cámara de Diputados “para que lo despechen a la brevedad”.
Es de rigor mencionar que el Senador Pedro Araya Guerrero (PPD) fue el único que votó en contra el proyecto.