MÁS DE 13 MIL 600 PENSIONADOS RECIBEN EL AGUINALDO DE FIESTAS PATRIAS 2020 EN LA PROVINCIA DE TALAGANTE

Desde el 1 de septiembre comenzó a pagarse el Aguinaldo de Fiestas Patrias para todos los pensionados y pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS), DIPRECA CAPREDENA y del Instituto de Seguridad Laboral, de las Mutualidades de Empleadores, como también los pensionados del Sistema de AFP (DL 3.500), que a esa fecha perciban el Aporte Previsional Solidario (APS) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.

En la provincia de Talagante los beneficiarios de este programa son 13 mil 619 pensionados y pensionados, según informó Cherie Márquez, Jefa de la Sucursal del IPS de Talagante, quien precisó los montos de este beneficio.  “Para el presente año, es decir, este 2020, el monto del beneficio es de $20.082 por pensionado y se incrementará en $10.303 por cada carga familiar acreditada al 31 de agosto del año en curso”, señaló la profesional.

Cherie Márquez sostuvo que esta cifra de beneficiarios es aproximada, por cuanto hay que tener presente que al momento de cobrar su beneficio las personas pueden hacerlo en comunas distintas al lugar donde se les emitió el pago, no obstante, la aproximación a la cantidad de pensionados y pensionadas favorecidas por comunas en la provincia de Talagante, es la siguiente:

 

  • El Monte: 1.409
  • Isla de Maipo: 1.050
  • Padre Hurtado: 1.184
  • Peñaflor: 4.583
  • Talagante: 5.393

Tendrán derecho a este beneficio los pensionados del IPS, de las Cajas de Previsión de DIPRECA y CAPREDENA, del Instituto de Seguridad Laboral, de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744 de Accidentes del Trabajo, que tengan alguna de estas calidades al 31 de agosto del año 2020. También, los pensionados del Sistema de AFP (DL 3.500), que a esa fecha perciban el Aporte Previsional Solidario (APS) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.

En el caso del IPS, los beneficiarios del Aguinaldo de Fiestas Patrias, son:

  • Pensionados de las ex-Cajas de Previsión.
  • Personas con Pensión Básica Solidaria (PBS).
  • Pensionados de la Ley N° 19.234 (Exonerados Políticos).
  • Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.123 (Ley Rettig).
  • Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.992 (Ley Valech).
  • Pensionados de Accidentes del Trabajo, Ley N° 16.744, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Personas que reciben Subsidio por Discapacidad Mental, Art. 35 de la Ley N° 20.255.
  • Beneficiarios de Indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.

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