Por Juan Fernando Espinosa Sánchez.
La pandemia y los distintos estados decretados para detener su propagación han modificado grandemente nuestras relaciones, sin embargo, en aquellos aspectos regulados por un Tribunal de Familia, se mantienen. Así por ejemplo, si muchos padres o madres pensaban que los regímenes de visita de los hijos por la cuarentena, no podrían llevarse a cabo, hay que decir que a pesar de esta medida de confinamiento, persisten, salvo en algunos casos, como lo precisó Cristián Velásquez, del Tribunal de Familia de Talagante.
“Es muy importante que la comunidad tenga en claro que los regímenes de relación directa y regular no se encuentran suspendidos. Por el sólo hecho de encontrarnos en cuarentena esto no se suspende. Sin perjuicio y a petición de partes, se podría llegar a la suspensión por tratarse de situaciones especiales, como por ejemplo, en caso de niños pequeños que tengan enfermedades crónicas y su salud se pueda poner en riesgo al cumplir el régimen tal como se encuentra establecido”, sostuvo el Jefe de la Unidad de Atención de Público.
En relación a este tipo de casos excepcionales, en que no se lleva a cabo la visita establecida por el Tribunal de Familia, Cristián Velásquez explicó que se considera la recuperación más adelante de estas visitas perdidas. “No obstante, esta situación existe el derecho a compensación. Es decir, recuperar ese tiempo perdido, pero ese tiempo perdido del régimen de relación directa y regular se puede recuperar, pero una vez que termine el estado de emergencia”, afirmó Cristián Velásquez.
Seguidamente, el funcionario del Tribunal de Familia de Talagante precisó que para hacer uso del derecho de visita o de relación directa y regular, en el caso de comunas con cuarentena obligatoria por COVID-19, como lo son: El Monte, Padre Hurtado, Peñaflor y Talagante, el padre o madre debe solicitar en la Comisaría Virtual el permiso respectivo, mientras que el tutor del menor de edad debe otorgar las facilidades para que este derecho pueda ejercerse.
“Existen opciones en la Comisaría Virtual para llevar a cabo el régimen como está establecido. Aquí lo que no debiera ocurrir, es que la situación de emergencia se utilice para debilitar el vínculo entre padre e hijos. Aquí la labor del padre encargado del cuidado personal del niño, que se llama padre custodio del niño, niña o adolescente, es que tiene que favorecer el contacto con su progenitor”, subrayó Cristián Velásquez.
De todos modos, el funcionario del poder judicial indicó que el llamado de los Jueces de Familia, en este tipo de casos excepcionales, es que las partes lleguen a acuerdos. “Si bien, (hay casos en que) no puede llevar a cabo el régimen de relación directa y regular como está establecido o acordado por las partes, (la idea es que) estos también
puedan comunicarse, puedan usar las video llamadas, ocupar el celular, distintas formas para beneficiar el interés superior del niño y en caso que las partes no puedan llegar a un acuerdo, igual pueden judicializar el tema”, afirmó Velásquez.
Por último, el Jefe de la Unidad de Atención dijo que todos los tribunales están de manera virtual en la página en internet del Poder Judicial y ahí se indica cómo trabaja cada tribunal. “Acá, específicamente, en el Tribunal de Familia de Talagante se señala: los horarios de atención, los números de teléfonos, también se pueden atender con un funcionario de atención de público, a través de la plataforma Zoom, y correo electrónico (…). Si bien, el horario normal de un tribunal es de lunes a viernes de 8:00 a 14:00 horas, nosotros decidimos extender nuestro horario hasta las 16:00 horas, entendiendo la situación de emergencia que vive el país”, acotó Cristián Velásquez.